Senado dio media sanción al proyecto de reforma parcial de la Constitución provincial

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El Senado de San Luis dio este martes media sanción al proyecto de ley que declara la necesidad de una reforma parcial de la Constitución provincial. La iniciativa obtuvo la mayoría especial de dos tercios requerida, con seis votos a favor y tres en contra, y ahora deberá ser analizada por la Cámara de Diputados.

El proyecto contempla la modificación de 23 artículos de la Carta Magna, la incorporación de otros 23 y la creación de cuatro nuevos capítulos. La aprobación se produjo luego de ocho reuniones de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Labor Parlamentaria, en las que participaron autoridades de los tres poderes, legisladores, representantes de instituciones académicas y especialistas en derecho.

Durante el debate, el senador Martín Olivero aclaró que la aprobación de la ley no implica una modificación directa de la Constitución, sino que habilita los temas que podrán ser tratados posteriormente por una Convención Constituyente. Esta estará integrada por 52 convencionales, elegidos por el voto popular de los departamentos en las próximas elecciones provinciales.

Uno de los principales puntos de la propuesta es la modificación del artículo 147, que establecería la prohibición absoluta de una tercera reelección para quien ejerza la Gobernación, tanto en períodos consecutivos como alternados. Además, el período 2023-2027 sería considerado como el primer mandato a los efectos de esta limitación.

El proyecto también plantea cambios en el calendario electoral. Se propone extender el período de sesiones ordinarias de la Legislatura desde el 15 de marzo hasta el 31 de diciembre y establecer que Diputados y Senado se renueven completamente cada cuatro años, coincidiendo con las elecciones para gobernador. El mismo criterio alcanzaría a los concejos deliberantes.

Para implementar este esquema, se contempla una cláusula transitoria que extendería hasta 2031 los mandatos de los legisladores elegidos en 2025, que originalmente vencen en 2029. El objetivo planteado es concentrar las elecciones en una única jornada cada cuatro años, reducir costos y evitar la sucesión permanente de campañas electorales.

Otro de los ejes centrales es la reforma del sistema judicial. La iniciativa propone separar al Ministerio Público del Poder Judicial y establecer una estructura integrada por una Defensoría General y una Procuración General. También se plantea crear un Consejo del Ministerio Público y un Jurado de Destitución propio.

Asimismo, se habilitan modificaciones en el Consejo de la Magistratura, con la incorporación de representantes de la academia y del Senado provincial. El proyecto establece además requisitos de permanencia mínima en los cargos y eleva de tres a cinco años la exigencia de ejercicio profesional o desempeño en determinadas funciones judiciales para acceder a la magistratura.

Entre las modificaciones se incluye también un límite de 75 años para integrantes del Poder Judicial, del Ministerio Público y del Tribunal de Cuentas. Una vez alcanzada esa edad, podría evaluarse una nueva designación, con acuerdo del Senado y a propuesta del Poder Ejecutivo. La cláusula transitoria establece que esta disposición alcanzaría únicamente a quienes sean designados después de la entrada en vigencia de una eventual reforma.

En materia de organismos de control, se propone modificar la composición del Tribunal de Cuentas y ampliar el listado de funcionarios que pueden ser sometidos a juicio político. Entre ellos se incorporan integrantes del Superior Tribunal de Justicia y del Tribunal de Cuentas, el Defensor General, el Procurador General, el Fiscal de Estado, el Contador General y el funcionario técnico responsable del área de Agua.

El agua constituye otro de los puntos destacados de la iniciativa. El proyecto busca otorgarle jerarquía constitucional como derecho humano y recurso estratégico, con una administración a cargo de un funcionario técnico designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado y con un mandato de cinco años.

La reforma también contempla la posibilidad de establecer capitales alternas en distintos puntos de la provincia. Estas serían determinadas por una ley especial y, durante los períodos en que el Poder Ejecutivo y su gabinete se constituyan en alguna de esas localidades, la misma sería considerada capital provincial.

En materia tecnológica, se habilita la incorporación de nuevos derechos vinculados con la identidad digital, el uso ético de las tecnologías, la protección de la dignidad humana, los datos personales frente a algoritmos y el acceso universal a la conectividad. También se propone incorporar el hábeas data, junto con principios relacionados con el acceso a la información pública y un gobierno abierto y transparente.

El proyecto incluye además la posibilidad de establecer un sistema de doble vuelta o balotaje para la elección de gobernador y vicegobernador, con el objetivo de otorgar mayor legitimidad a la fórmula electa.

Otro de los cambios propuestos se relaciona con la educación. La iniciativa habilita la modificación del artículo 75 para establecer la obligatoriedad de la escolaridad desde los tres años y de la educación secundaria.

A su vez, se plantea incorporar una cláusula federal que reafirme la autonomía de San Luis y las competencias no delegadas al Gobierno nacional, además de contemplar la participación de la Provincia en decisiones de la administración federal y el debate de un nuevo régimen de coparticipación.

El proyecto también habilita un capítulo sobre relaciones intergubernamentales e internacionales, que permitiría a la Provincia celebrar convenios de inversión y cooperación directa y establecer principios para sus vínculos con otros niveles de gobierno, tanto nacionales como internacionales.

Finalmente, se propone modificar el plazo para la presentación del Presupuesto provincial, que actualmente debe realizarse antes del 31 de agosto y pasaría a tener como fecha límite el 30 de septiembre.

Con la media sanción obtenida este martes, el proyecto continuará su tratamiento en la Cámara de Diputados. En caso de convertirse en ley, serán los convencionales constituyentes elegidos por voto popular quienes tendrán la responsabilidad de debatir y resolver las modificaciones dentro de los temas expresamente habilitados.

CM