Con el objetivo de fortalecer la defensa del patrimonio estatal y brindar mayor transparencia en los procesos de prescripción adquisitiva, el gobernador Claudio Poggi firmó un decreto que reglamenta el artículo 16 del Decreto Reglamentario 945-MHP-2009 de la Ley de Catastro (V-0597-2007). La medida fue impulsada por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales tras detectar un incremento en la registración de planos de mensura que afectan inmuebles del Estado provincial o terrenos sin inscripción.
A partir de esta modificación, en los casos en que se inicien trámites de mensura con fines de prescripción adquisitiva sobre inmuebles fiscales o sin titular registrado, será obligatorio informar a la Fiscalía de Estado con una antelación de 20 días hábiles. Esto permitirá al organismo realizar investigaciones previas y tomar acciones legales en defensa de los intereses provinciales antes de que se confeccione el plano por parte del agrimensor.
“El cambio brinda mayores facultades a Fiscalía de Estado y garantiza que el Estado tenga conocimiento anticipado cuando un particular intente tomar posesión de terrenos fiscales”, señalaron desde el Ejecutivo.
Entre las nuevas disposiciones se establece que:
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Las mensuras tendrán una vigencia de dos años desde su registración provisoria en Catastro, exclusivamente para ser utilizadas en juicio de prescripción adquisitiva.
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Cuando una mensura afecte terrenos sin titular dominial o de propietario desconocido, el agrimensor deberá notificar por medios fehacientes a la Fiscalía de Estado, propietarios colindantes y terceros interesados con 20 días hábiles de antelación.
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Además, será obligatoria la publicación de edictos durante dos días hábiles consecutivos en el Boletín Oficial, el Boletín Judicial y en un diario de circulación provincial.
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El plazo máximo para ejecutar la mensura no podrá superar los 30 días hábiles desde su inicio.
Por último, el decreto aclara que la notificación previa a Fiscalía y a terceros tiene como único fin publicitar el acto de mensura, y que la falta de presencia en el procedimiento no implicará la pérdida de derechos de propiedad o posesión que puedan ser reclamados por vías administrativas o judiciales.
Con esta medida, el Gobierno provincial busca resguardar los inmuebles estatales y ordenar los procedimientos de prescripción adquisitiva, promoviendo una gestión catastral más efectiva, segura y transparente.
Nota: CM