“Condenan a mujer trans por abuso sexual en Villa de Merlo”

You are currently viewing “Condenan a mujer trans por abuso sexual en Villa de Merlo”

En un fallo histórico, la Sala Penal de la Tercera Circunscripción Judicial de Villa de Merlo ha declarado culpable a B.K.F., una mujer trans de 51 años, por el abuso sexual de un niño de 11 años. El tribunal de juicio, integrado por los Dres. Daniel Sanchiño, Sandra Piguillem y María Claudia Uccello, determinó que la acusada deberá cumplir una pena de 9 años de prisión por este delito.

Los hechos tuvieron lugar en el periodo comprendido entre el 15 de octubre de 2020 y el 3 de febrero de 2021, en el domicilio de la acusada en Villa de Merlo, mientras ejercía la guarda provisoria del menor. Durante el proceso judicial, se presentaron testimonios y pruebas que confirmaron la teoría del hecho presentada por la fiscalía, respaldada especialmente por el relato del niño en la Cámara Gesell.

El Fiscal Mario Néstor Zudaire destacó la valentía del menor al hablar sobre los abusos sufridos y señaló la consistencia de su testimonio, respaldado por informes psicológicos y psiquiátricos que corroboraron la veracidad de sus declaraciones. A pesar de las alegaciones de la defensa, que argumentó falencias en el proceso y transfobia hacia su representada, el tribunal encontró pruebas contundentes que respaldaban la culpabilidad de B.K.F.

La Defensora de Niñez y Adolescencia, Gabriela L´Huillier, respaldó la acusación fiscal y enfatizó en el impacto psicológico y emocional que sufrió el menor como consecuencia de los abusos.

Por su parte, la defensa de B.K.F., representada por el abogado Orlando Villegas, argumentó la inocencia de su cliente y denunció actos de discriminación hacia ella. Sin embargo, el tribunal consideró que las pruebas presentadas durante el juicio eran suficientes para establecer su culpabilidad.

Finalmente, el veredicto fue unánime: B.K.F. fue declarada culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por su calidad de guardadora y por ser cometido en perjuicio de un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente. La sentencia incluye una pena de 9 años de prisión, accesoria de ley y costas procesales, y se ordenó su inmediato traslado al Servicio Penitenciario Provincial.

 

Nota: CM