Caso Cerhu: imputada recuperó la libertad, pero no podrá acercarse a la víctima ni salir de San Luis

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El Tribunal de Impugnaciones N° 2 de la ciudad de San Luis resolvió este miércoles otorgar la libertad a Gladys Galván Medero, de 62 años, quien se encontraba en prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial, imputada en una causa por incumplimiento de una orden judicial, daños, amenazas, lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, y hurto simple en grado de tentativa.

La mujer estaba detenida junto a su hijo, Abel Alberto Torres, de 28 años, quien enfrenta además cargos por resistencia a la autoridad y homicidio en grado de tentativa. Torres está acusado de haber protagonizado una agresión con un arma blanca contra Tiziano Monsalva, ocurrida el pasado 9 de agosto en la clínica privada Cerhu.

La decisión fue adoptada luego de una audiencia en la que la Fiscalía y la defensa expusieron sus argumentos respecto de la continuidad de la prisión preventiva.

Los argumentos de la defensa

La defensa de Galván Medero, representada por los abogados Marcos Juárez y Ramiro Rubio, cuestionó que la Fiscalía hubiera realizado, a su criterio, una valoración conjunta de las situaciones de la mujer y de su hijo, sin establecer una diferenciación suficiente respecto de los peligros procesales.

En ese sentido, plantearon que se habrían atribuido a Galván Medero comportamientos vinculados con la conducta de Torres y destacaron que la imputada cuenta con arraigo, trabajo y contención familiar, por lo que no existirían motivos para presumir que intentaría sustraerse del proceso.

Asimismo, la defensa sostuvo que, aun sin compartir necesariamente todas las calificaciones legales formuladas por la Fiscalía, podían aplicarse medidas cautelares menos gravosas que la prisión preventiva.

La posición de la Fiscalía

Por su parte, la fiscal adjunta Antonella Romagnoli sostuvo la necesidad de mantener la medida cautelar al considerar que persistían riesgos procesales.

La representante del Ministerio Público Fiscal aclaró que la prisión preventiva de Galván Medero no se había fundamentado en un eventual peligro de fuga, ya que la mujer se había presentado ante el proceso. Sin embargo, señaló que existía riesgo de entorpecimiento de la investigación y la posibilidad de afectar a las víctimas o influir sobre eventuales testigos.

Romagnoli indicó que aún deben realizarse entrevistas a distintas personas y que, en libertad, la imputada podría eventualmente influir sobre esos testimonios. También hizo referencia a la gravedad de los hechos investigados.

Otro de los argumentos de la Fiscalía fue que anteriormente se habían dispuesto medidas menos gravosas que, según sostuvo, Galván Medero no habría cumplido, situación que debía ser considerada al momento de evaluar una nueva medida cautelar.

La resolución del Tribunal

Al resolver, el Tribunal de Impugnaciones N° 2, integrado por Ariel Parrillis, Adriana Lucero Alfonso y María Eugenia Zabala Chacur, entendió que no existían elementos de convicción suficientes para justificar una medida cautelar de la gravedad de la prisión preventiva respecto de Galván Medero.

Los magistrados consideraron que la imputación formulada no resultaba suficiente para sostener una medida de esa naturaleza y que, en el caso de la mujer, se había producido una suerte de extensión de los hechos atribuidos a su hijo.

Además, entendieron que no estaba acreditado que Galván Medero pudiera amedrentar o influir sobre los testigos que aún deben ser entrevistados.

En su análisis, los jueces remarcaron que el principio general es que las personas imputadas deben permanecer en libertad durante el proceso, salvo que exista un peligro procesal concreto que justifique una restricción de esa naturaleza.

También consideraron que no se había valorado adecuadamente el arraigo, el trabajo y el entorno familiar de la imputada.

Libertad con restricciones durante cuatro meses

Como alternativa a la prisión preventiva, el Tribunal dispuso una serie de medidas cautelares para asegurar la sujeción de Galván Medero al proceso.

La mujer deberá firmar el libro entre el 1 y el 10 de cada mes y tendrá prohibido salir del territorio de la provincia de San Luis. Además, deberá cumplir una restricción de acercamiento y contacto respecto de la damnificada, Yanina Quinteros, y de su nieto.

Las medidas tendrán una vigencia de cuatro meses.

De esta manera, Galván Medero recuperó la libertad, aunque continuará sujeta a las restricciones establecidas por el Tribunal mientras avanza la investigación. En tanto, su hijo Abel Alberto Torres continuará detenido.

El ataque en la clínica Cerhu

Según la teoría del caso de la Fiscalía N° 4, el día del ataque Torres y Galván Medero ingresaron a la clínica y se dirigieron hacia una habitación donde se encontraba internado el hijo de Torres junto a su madre.

De acuerdo con la acusación, Torres habría amenazado y obligado a retirarse a un hombre que acompañaba a su expareja, a quien posteriormente habría agredido en presencia del niño.

La imputación también sostiene que ambos intentaron apoderarse del teléfono celular de la mujer y que, posteriormente, Torres habría intentado atacar al hombre en otro sector del establecimiento.

Siempre según la investigación, al quedar acorralado contra una pared, habría extraído un elemento cortopunzante y herido al hombre en la zona subcostal izquierda.

Tras el ataque, ambos se retiraron de la clínica. La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Ramón Carrillo, donde permanecía internada en estado crítico, con asistencia respiratoria y compromiso de varios órganos, según había informado la Fiscalía durante la audiencia.

Una investigación que reúne cinco episodios

La causa no se limita a lo ocurrido el 9 de agosto en la clínica Cerhu. La Fiscalía incorporó otros cuatro hechos que, según su teoría, permiten reconstruir un contexto previo de violencia y reiterados incumplimientos de medidas judiciales.

Uno de ellos ocurrió el 6 de octubre de 2025. De acuerdo con la investigación, Torres y Galván Medero se presentaron en la vivienda de la expareja del primero pese a encontrarse notificados de una orden de restricción. La Fiscalía afirmó que ingresaron por la fuerza y ocasionaron daños. Antes de retirarse, Torres habría dejado cuatro municiones calibre .38 y proferido una amenaza de muerte.

Una semana después, el 13 de octubre, Torres habría regresado al domicilio e incumplido nuevamente la restricción. Allí habría amenazado a su expareja y se habría llevado al hijo de ambos sin autorización.

La Policía logró localizarlo aproximadamente media hora después. Tras la restitución del niño, un examen médico constató lesiones en uno de sus brazos, antebrazo y región dorsal. Por este episodio, la Fiscalía le atribuyó a Torres, entre otros delitos, lesiones leves agravadas por el vínculo en perjuicio de su hijo.

La Fiscalía también incorporó un episodio ocurrido el 8 de noviembre de 2025, cuando Torres habría vuelto a presentarse en inmediaciones de la vivienda pese a la prohibición vigente. Tras la intervención policial, fue localizado en el mismo barrio y detenido luego de no acatar inicialmente la voz de alto.

Otro de los hechos investigados ocurrió el 23 de junio de este año. Según la acusación, la mujer fue hasta el domicilio de Torres para retirar al hijo de ambos, conforme al régimen de comunicación establecido.

Una vez dentro de la vivienda, Torres la habría tomado del cuello, golpeado en el rostro y atacado con la cadena de una motocicleta. En ese episodio, la Fiscalía atribuyó a Galván Medero haber cerrado las puertas de la vivienda mientras se producía la agresión.

La víctima logró comunicarse con el 911 y salir del inmueble. Posteriormente, se constataron hematomas y otras lesiones en distintas partes de su cuerpo.

Nota: CM

Fuente: Periodico Judicial de Villa Mercedes