El 9 de septiembre, una mujer fue acusada de realizar extracciones de dinero y una compra en un supermercado utilizando una tarjeta de débito que no era de su propiedad. La víctima descubrió la falta de su tarjeta y el dinero al día siguiente cuando acudió al banco, donde al revisar los últimos movimientos, se dio cuenta de la compra en el supermercado. Al presentarse en el lugar, logró identificar a la imputada, quien trabajaba en su domicilio, gracias a las imágenes de seguridad proporcionadas por el comercio.
Audiencia de formulación de cargos
El 13 de septiembre, en el Juzgado de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Santiago Ortiz, se llevó a cabo la audiencia de formulación de cargos. En representación del Ministerio Público Fiscal, la fiscal Dra. Andrea Court y el fiscal Dr. Marcelo Palacio Fernández relataron los hechos que involucraban a la acusada en un presunto delito de estafa, al haber utilizado una tarjeta de débito hurtada.
La Defensa, a cargo de las Dras. Eliana Pradel y Laura Fornero, reconoció que durante esta audiencia se anotició de los hechos y anunció que llevarán a cabo su propia investigación. Además, manifestaron la posibilidad de evaluar una reparación del daño, dadas las características del caso.
Cargos y medidas coercitivas
El juez Santiago Ortiz formuló los cargos contra la imputada por estafa especializada en el uso de tarjeta de crédito y débito hurtada, de acuerdo con el artículo 173, incisos 15 y 45 del Código Penal.
En la segunda parte de la audiencia, se discutieron las medidas de coerción. El Ministerio Público Fiscal solicitó la imposición de la medida más gravosa, mientras que la Defensa se opuso, pidiendo el rechazo de esta solicitud y planteando la nulidad de la detención, calificándola de arbitraria.
Finalmente, el juez declaró la nulidad de la detención, argumentando que no se había cumplido con el procedimiento adecuado. No obstante, dispuso la libertad de la imputada, aunque bajo ciertas condiciones: la prohibición de acercarse o contactar a la víctima por cualquier medio durante un plazo de cuatro meses. También se contempló la posibilidad de una reparación integral del daño como solución al conflicto.
Fuente: Periódico Judicial Villa Mercedes
Redacción: CM