El Tribunal de Impugnaciones resolvió hacer lugar de manera parcial al recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y la Querella en una causa donde se investiga a Melisa Bulacio y Erica Bulacio, hermanas, como coautoras de los delitos de daños y homicidio en grado de tentativa.
La decisión se adoptó este lunes, tras la realización de una audiencia en la que las partes expusieron sus argumentos. El Tribunal, integrado por los Dres. Hernán Herrera, María Monserrath Bocca y Marcelo Bustamante Marone, ordenó la prisión preventiva para Melisa Bulacio y confirmó las medidas de coerción previamente dispuestas por el Juez de Garantía respecto de Erica Bulacio.
Cabe recordar que el Juez de Garantía N.º 1 había impuesto como medidas la prohibición de acercamiento y el impedimento de contacto, resolución que fue oportunamente comunicada por el Periódico Judicial.
En los fundamentos, el Tribunal consideró que en relación a Melisa Bulacio existen elementos suficientes para sostener, con el grado de probabilidad requerido en esta etapa procesal, que el hecho investigado ocurrió y que la imputada tuvo intervención en el mismo. En cambio, respecto de Erica Bulacio, los jueces entendieron que el estándar probatorio no resulta lo suficientemente sólido para atribuirle, por el momento, una participación en carácter de coautora.
Asimismo, el cuerpo colegiado analizó los riesgos procesales, tales como el peligro de fuga, el posible entorpecimiento de la investigación, la calificación legal de los hechos, la gravedad del suceso, la eventual desobediencia a órdenes judiciales, la pena en expectativa y el riesgo para la integridad de la víctima. En ese marco, los magistrados concluyeron que las medidas morigeradas resultaban insuficientes y que la prisión preventiva era la única medida posible en esta instancia, por considerarla proporcional, idónea y necesaria.
De acuerdo a lo expuesto por Fiscalía, el hecho investigado ocurrió el pasado 3 de diciembre en la localidad de Buena Esperanza. Según la acusación, las hermanas interceptaron el automóvil que conducía una mujer y le arrojaron piedras de gran tamaño, provocando daños en el vehículo. Luego, una de ellas arrojó una roca contra el vidrio de la ventanilla del conductor, que estalló, lo que permitió el acceso al habitáculo. Acto seguido, tomó otra piedra y la lanzó dirigida a la cabeza de la conductora, quien logró amortiguar el impacto al cubrirse con la mano. Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones que fueron constatadas por la médica forense.
Por el Ministerio Público Fiscal intervinieron los Dres. Andrea Court y Marcelo Palacio Fernández; por la Defensa, la Dra. Marcela Antequeda; y por la Querella, el Dr. Germán Anabitarte, junto a la damnificada.
La revisión de la medida se encuadra en lo dispuesto por el artículo 209 del Código Procesal Penal, que establece que las resoluciones que ordenen o mantengan la prisión preventiva pueden ser revisadas, a pedido de parte, por el Tribunal de Impugnación, debiendo resolverse en forma inmediata tras la audiencia correspondiente.
fuente: periódico judicial